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AutorRespuesta No: 372
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Noviembre de 2010 21:56 2010-11-02 21:56 desde IP: 189.131.20.249
ALBERTO PEÑA:
Si, en consecuencia de los hecho,s manifestados y atribuidos en la querella, en contra del inculpado, se desprende otro ilícito, relacionados con los mismos hechos que dieron origen a la querella, en contra del inculpado; SI ES PROCEDENTE LA AMPLIACIÓN DE LA QUERELLA, EN CASO CONTRARIO , HAB´RA QUE INTERPONER OTRA, " no por falsedad de documento ", pues lo anterior, no se encuentra TIPIFICADO COMO DELITO, lo correcto será, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO O USO DE DOCUMENTO FALSO, YA SEA PÚBLICO O PRIVADO.
Sugiriéndole, que cualquier DENUNCIA O QUERELLA, que presente ante el M.P., Usted no tipifique el delito o ilícito, ello le corresponde al Órgano Técnico del M.P., USTED DEBE DEUNCIAR, " - HECHOS QUE CONSIDERA DELICTUOSOS, COMETIDOS EN AGRAVIO DE ...
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