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  • Autor : colorado
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    Respuesta No: 372

  • colorado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ALBERTO PEÑA:

    Si, en  consecuencia de los hecho,s manifestados y atribuidos en la querella, en contra del inculpado, se desprende otro ilícito, relacionados con los mismos hechos que dieron origen a la querella,  en contra del inculpado; SI ES PROCEDENTE LA AMPLIACIÓN DE LA QUERELLA, EN CASO CONTRARIO , HAB´RA QUE  INTERPONER OTRA, " no por falsedad de documento ", pues lo anterior, no se encuentra TIPIFICADO COMO DELITO, lo correcto será, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO O USO DE DOCUMENTO FALSO, YA SEA PÚBLICO O PRIVADO.

    Sugiriéndole, que cualquier DENUNCIA O QUERELLA, que presente ante el M.P.,  Usted no tipifique el delito o ilícito, ello le corresponde al Órgano Técnico del M.P., USTED DEBE DEUNCIAR, " - HECHOS QUE CONSIDERA DELICTUOSOS, COMETIDOS EN AGRAVIO DE ...