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AutorRespuesta No: 366
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Noviembre de 2010 18:05 2010-11-01 18:05 desde IP: 189.131.235.82
JUAN 27: En relación a su consulta, y a loos datos que aporta, su hermano tiene un problema legal MUY GRAVE, NO LE VÁ A SERVIR, EL AMPARO INDIRECTO PARA SALIR DE PRISIÓN, ES MÁS , ESTE AMPARO SE VÁ A SOBRESEER, POR IMPROCEDENTE, en relación a que el delito de VIOLACIÓN, contenido en los artículos 273, y el 274, del Código Penal del Estado de Tamaulipas, tiene como sanción privativa de la libertad, para quien cometa ese ilícito, una penalidad de 10 A 18 AÑOS DE CARCEL; más aún esta conducta ilícita se encuentra agravada por el artículo 277 del citado Código Penal, aumentándose la mitad de la sanción ,que llegare a imponerse a su hermano, por parte del juez penal del conocimiento..
Como adviero, que Usted y su hermano, ya se entrevistaron y contrataron a un Abogado para que lleve el asunto, y este no les previno de la gravedad del problema, lo mejor para su hermano, es que contraten los servicios de un ABOGADO ESPECIALISTA EN MATERIA PENAL, pues de la estrategia que este Abogado, plantee para la defensa, dependerá la libertad, o los años de Sentencia que dicten a su hermano; es el momento de buscar un buen Abogado Penalista, y ya no seguir gastando en Amparos inprocedentes.
Espero que la respuesta a su consulta, le haya servido de uilidad.
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