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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Marzo de 2013 22:08 2013-03-24 22:08 desde IP: 189.214.70.20
Me gustaria que fueras mas explicito en tu comentario, no sabemos si tu comentario se trata en la etapa de averiguación prevía o cuando te encuentras en proceso.
Si es en el miisterio publico, y estas representando al inculpado desde luego que te debe de autorizar, y a partir de ese momento puedes acudir a todas y cada unas de las actuaciones qque haga el representante social, puedes ofrecer las pruebas que a tu interes convengan.
Para el caso que representes al agraviado, unicamente puedes coadyuvar que el mp para la reparación del daño.
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