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  • Consulta : 212
  • Autor : Lic Luis Roberto
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    Respuesta No: 353

  • Lic Luis Roberto
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola muy buen día, concuerdo con el razonamiento lógico jurídico de mis colegas que responden a su cuestionamiento y robusteciendo el mismo debe de tomarse en cuenta que algunos de los requisitos para que goce de éste beneficio, entre otros son:

    1.- Que sea primodelincuente.

    2.- Que sea sin violencia (obvio que ya no se dió este supuesto)

    3.- Que este Confeso desde su declaración ante el ministerio público.

    4.- Que en la declaración preparatoria en el juzgado ratifique la declaración rendida ante el mp.

    5.- Que renuncie a los plazos y términos procesales.

    6.-Por el momento no se puede invocar el beneficio de la causión por ser delito grave. 

    De alguna manera y con todo respeto debe de confiar en lo que su abogado le aconseje, no se desespere y cambie constantemente de licenciado debido a que esto causara una merma adicional en su bolsillo, ya que cada colega tiene su manera de trabajar y de cobrar los honorarios, además que el nuevo abogado tiene que trabajar con lo actuado de su antecesor y por último y sin el afán de herir suceptibilidades su familiar saldrá sentenciado. Lo mejor en este caso es que concluya el juicio rápidamente y si su familiar es merecedor de la reducción de la tercera parte de su sentencia y ésta es menor a cinco años, podrá tenerlo de vuelta con el beneficio de la causión.

    Estoy a sus órdenes para despejar cualquier duda y/o comentario.

    Lic. Luis Roberto Hernández Rojas