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AutorRespuesta No: 3035
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Octubre de 2013 10:19 2013-10-08 10:19 desde IP: 189.249.93.252
Como primer dato, Ningun abogado defensor, sea particular o de oficio, te puede citar a que realices algun acto, partimos de un principio lógico/juridico, si es tu defensor, (particular o de oficio), te pondria al tanto de la situación jurídica del asunto en el que èl te representa, por el contrario, si es defensor de otra persona, tu no estas obligado a cumplir esa cita. El defensor de tu contario, siq uiere citarte, lo debe de hacer a través de la autoridad correspondiente donde se este litigando tu asunto.
Eso de que te presentes amparado, es una respuesta, sin ningun susteno ni logico ni juridico, ya que para que proceda un amparo, deberas de indicar que autoridad te esta solicitando que te presentes, asi que no te dejes sorprender por "gente que solo aprovecha la oacion para engañar.
Por otro lado, puede ser que la madre de la menor, te demande la paternidad, pero lo hara a traves del juicio correspondiente en materia familiar, y como te lo explicaba lineas arriba, la autoridad judicial, te notificara debidamente para que te presente en un juzgado, y una vez que sepas la razon de lo que se te demanda, podras contestar la demanda,
Ojo son palabras y terminos diferentes DEMANDA y DENUNCIA.
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