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Fecha de respuesta: Sábado 04 de Septiembre de 2010 13:08 2010-09-04 13:08 desde IP: 189.217.236.173
Buenas tardes Kapoth.
Chechando tu pregunta, lo que puedo decirte con toda seguridad es que el delito que mencionas (Abuso Sexual) es considerado como grave por el Código Penal del Estado de Morelos, por lo tanto, el inculpado NO TIENE DERECHO A OBTENER SU LIBERTAD BAJO CAUCIÓN a efecto de poder continuar por fuera su proceso; ahora bien, en cuanto a la pena que podría llegar a imponérsele al acusado, es necesario que nos dijeras: ¿al momento de ejecutar el acto erótico sexual se hizo uso de la violencia? y ¿existe algún lazo entre las partes (familiar o docente)?, en base a ello, podría darte un parámetro de las penas que le podrían se impuestas en caso de existir una sentencia condenatoria.
Atentamente:
Lic. Teresa Ramos
E-mail: teresadeavila3 arroba punto com punto mx
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