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  • Consulta : 2087
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 2842

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Realmente esta interesante ese asunto, te comento tanto la pena impuesta como la reparacion del daño van de la mano forman parte de un mismo bloque, por ello si la afianzadora encontro algo irregular que violo las nreglas del debido proceso, pueden sacar provecho, en beneficio de la libertad.... pero tambien pudiera estar pasando que el procedimiento del cobro de la afianzadora, tenga algo irregular y eso solo puede verse en una revision de las actuaciones, asi como del cuerpo de la sentencia....y no importa que hayan agotado las instancias.... existen recursos que son validos aun terminado un juicio, claro para ello debe existir elementos claros, como parece ser este caso.... suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775........ id: nextel: 52 * 14 * 25471