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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Enero de 2013 23:45 2013-01-03 23:45 desde IP: 189.197.148.201
que tal magosmx, primeramente tenemos que ver que tipo de amparo es, es directo o indirecto, sobre los amparos si procede un recurso de revision, pero este unicamente procede cuando se trata de invocar conceptos inconstitucionales, es decir si procede el recurso de revision contra el amparo cuando argumentas que el amparo que no te fue favorable esta sustentado en una ley inconstitucional, es decir que va en contra de nuestra constitución, pero cuando tratas como dices de impugnar un amparo por una injusta valoración de las pruebas no procede ningún recurso, el amparo es en si lo máximo que tenemos para protegernos de injusticias! espero sea de tu ayuda, saludos.
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