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AutorRespuesta No: 2802
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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Diciembre de 2012 17:40 2012-12-28 17:40 desde IP: 189.191.43.170
Hola
Efectivamente si la lesion le ocasionó la pérdida de un ojo, se clasifica como pérdida de un órgano es decir el de la vista, y si es delito grave, articulo 130 fracción VI cuya penalidad es de 3 a 8 años de prision, por lo que rebasa los 5 años que marca la ley y se convierte en delito grave, ignoro porque lo enviaron a un juzgado de delitos no graves, lo que pueden hacer es acercarse al defensor de oficio adscrito al juzgado y exigirle, si exijirle que pida una reclasificación de las lesioens para que en base a ello determine el monto de la reparación del daño,
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