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  • Consulta : 1985
  • Autor : jcaesar
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  • Autor
    Respuesta No: 2725

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    saludos, cualquier afianzadora establecida puede hacerlo, pues debes tener en cuenta que ninguna fianza se paga, sino que tan solo se deposita, y no necesariamente a traves de efectivo, sino que puede hacerse atraves de una poliza, que para la propia afianzadora representa un compromiso de que a la postre en caso de ser requerido por el juez, proceda a su pago en caso de incumplimiento del obligado o afianzado. por ello te solicitaran las escrituras para que a su vez en caso de ser necesario, que la afianzadora pague, esta tenga un medio de recuperar lo que se compromete a pagar.  lo que si tendras que pagar, es la prima de fianza, que es la ganacia de la propia afianzadora hy oscila engtre una 10 o 12 porciento sobre el monto que se comprometen a garantizar, en tu caso sobre los 650,000.

    si te refieres a que no tienes aun para pagar esa prima de fianza, consulta en la fundacion telmex, que tiene un programa para ello, siempre y cuando el fiado no tenga antecedentes penales.