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  • Consulta : 1941
  • Autor : BENITO JUAREZ
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  • Autor
    Respuesta No: 2712

  • BENITO JUAREZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Bueno creo que ya me gane una birria de CABRITO; La reconstruccion de hechos te sugiero que la desahogues, claro siempre y cuando esten seguros que esa prueba va a beneficiar al inculpado de otro modo mejor desiste de la misma, y si ya no quedan pruebas por desahogar pasa aproximadamente una semana el juzgado notifica a las partes; es decir MP y al abogado de la defensa fecha para la presentacion de conclusiones primero el MP y luego el inculpado a cada parte se le dan aproximadamente diez dias es decir en total son 20 dias, esto puede variar por ejemplo segun el numero de hojas con las que cuente el expediente podrian dar un plazo mayor; en fin despues de cerrada la instruccion la sentencia se viene dictando como entre dos meses y medio o tres, vamos es una aproximacion, en tu entidad podria ser un poquito menos o un poquito mas, ! a tu ultima pregunta la respuesta es NO! esta etapa es el momento unico en que puedes aportar pruebas en las otras instancias ya no sera posible, bueno CLAUDIA gracias por atender a mi respuesta y suerte, saludos desde la hermosa ciudad de leon, guanajuato donde la vida no vale nada....................................................