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AutorRespuesta No: 2655
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Noviembre de 2012 19:49 2012-11-06 19:49 desde IP: 187.198.150.233
Perdon, ya habia dado contestacion a la consulta solo que no se envio la informacion, debera acudir ante la agencia del ministerio publico de su ciudad, su tio cometio ensu contra el delito de daños, analize si su intencion principal es solo obtener de su tio el pago y reparacion de los daños o meterlo en prision o ambas cosas, tome fotografias de su auto donde realta el daño meclado con la pintura del auto de su tio si pùede tambien tome fotos al auto de su tio.
Espero ilustrarla mejor con base en el codigo penal de su estado...
CAPITULO VII
Daño en las Cosas
ARTICULO 159.- El Daño en las Cosas consiste en la destrucción o deterioro de cosa ajena o propia, en perjuicio de otro, por utilización de cualquier medio.
ARTICULO 161.- Cuando el Daño en las Cosas se cause por culpa o por motivo de conducir vehículos de motor, se le aplicarán al responsable de 3 meses a un año de prisión y de 5 a 75 días multa y suspensión hasta por 2 años de derechos para conducir.
Suerte y bendiciones...
Cuando puedas recordar sin rencor, entonces estarás preparada para el perdón.
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