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  • Consulta : 1918
  • Autor : BENITO JUAREZ
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  • Autor
    Respuesta No: 2653

  • BENITO JUAREZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     kaizen46     border="0" height="20" src="images/ico_usuario.gif" width="20" />  Cabe aclarar que todo delito por ley tiene una prescripcion, en el supuesto que tu manejas, efectivamente este delito prescribira atendiendo a el tiempo de punibilidad que marque el Codigo penal  en tu estado, es decir si para ese delito se señalan de tres a cuatro años de sancion al injusto, el delito prescribe en tres años y medio, entonces si el injusto se sustrai de la ley por ese tiempo, posterior la orden de aprencion que se le giro ya no tendra ninguna eficacia legal y por consecuencia ya no se le podra detener; ahora bien; en algunos Codigos como es el caso de guanajuato si el delito cometido tiene una sancion menor a tres años, este no se agotara atendiendo a las reglas del termino medio aritmetico, si no que el delito prescribira a los tres años.