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AutorRespuesta No: 2551
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 15:17 2012-10-22 15:17 desde IP: 201.170.154.162
Manuel. Claro que si!. Y esta en la mayoria de los Codigos de Procedimientos penales de los Estados. Y siempre existe la posibilidad de retirar los cargos, o querella una vez que se repare el daño causado. Por ejemplo si hay un fraude y te querellaste y el defraudador te repara el daño aunque exista la sentencia, el defraudador alcanza el beneficio de la libertad reparando el daño causado. Y aqui termina todo . Y en la sentencia si la tienes y puedes observar se debio de haber puesto los beneficios de libertad que tiene si reparaba los daños causados. Buena Suerte!.
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