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- Autor : SERGIO GONZALEZ
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AutorRespuesta No: 2479
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Octubre de 2012 15:13 2012-10-11 15:13 desde IP: 201.170.155.53
El bueno.
1.-Ningun riezgo si haces lo que te ordenan. El Juez. fija una garantia y se debe de depositar para obtener su libertad, y en ella viene la division de la reparacion del daño y la responsabilidad penal. Si la persona se sustrae de la jurisdiccion del Juzgado y no acude a firmar entonces pierde el beneficio de la libertad bajo fianza.
2..-La cantidad que garantiza el pago de los daños esta puesta por la afianzadora en su billete de deposito y por eso se garntiza con la escritura de un bien inmueble. En el caso que el ofendido gane su procedimiento y resulte culpable su conocida entonces se hace efectiva la garantia y la afianzadora paga automaticamente y luego se cobra con el bien de garantia.
3.-Creo que con lo que te conteste cubre esta pregunta. Esta sometida a un procedimiento penal y tiene que defenderse de los cargos y tiene que firmar cada semana hasta que finalize el juicio penal. Ya que deposito la fianza. No tiene que pagar nada a los ofendidos hasta que termine el juicio y se le condene ono al pago.
Buena Suerte.
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