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  • Consulta : 1761
  • Autor : cjam37
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  • Autor
    Respuesta No: 2398

  • cjam37
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Este tipo de asuntos se ven ante la autoridad ministerial y entonces deben acudir ante ella para presentar su querella y se realizaen los peritajes correspondientes al valor del daño del y las lesiones y así usted puedan cobrar el daño que les causaron.