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AutorRespuesta No: 2398
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 22:41 2012-09-18 22:41 desde IP: 189.232.9.146
Este tipo de asuntos se ven ante la autoridad ministerial y entonces deben acudir ante ella para presentar su querella y se realizaen los peritajes correspondientes al valor del daño del y las lesiones y así usted puedan cobrar el daño que les causaron.
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