- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 168
- Autor : LIC ESTRADA
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 832
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 42 %
- : 57 %
-
AutorRespuesta No: 275
-
Fecha de respuesta: Viernes 08 de Octubre de 2010 08:07 2010-10-08 08:07 desde IP: 189.145.14.150
Hola: exacto usted señalo la garantia Constitucional que pretende violarse al trasladar a un sentenciado, pues el objetivo de los centros federales de readaptacion Social es eso, readaptar socialmente a alguien y para ello debe estar cerca de la familia, amen de que hayan sido practicados estudios de personalidad y de criminologia en donde haya resultado un sujeto peligroso....., debe tramitar un amparo indirecto ante un juez de Dto. señalando precisamente como concepto de violacion el traslado contraviniendo el articulo 18 Constitucional.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
-
Autor