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  • Consulta : 1631
  • Autor : SERGIO GONZALEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 2143

  • SERGIO GONZALEZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Claudia Gzz. Las audiencias Constitucionales se difieren por muchas razones, y una de ellas es porque no llego el informe previo de las autoridades responsables  , no se notifico alguna de las partes , etc- Recuerda que para que se realize esta audiencia el Juzgado de Distrito debe checar muchas cosas importantes que estan en la Ley de amparo y por eso se difiere. Y puede ser que el Juzgado federal  este analizando la acumulacion de los juicios u otros elementos , Pero independientemente de eso el proceso penal tiene que continuar y para ello una vez que se dicto la formal prision se abre el periodo probatorio para que continue el procedimiento penal. Espero haberte ayudado.