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  • Consulta : 1442
  • Autor : ABOGADO FRANCO
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  • Autor
    Respuesta No: 1877

  • ABOGADO FRANCO
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado usuario,  por cualesquier razon que una persona sea detenida por alguna corporacion tanto ministerial (policia) o castrense debe en caso de no contar con abogado alguno de negarse a declarar o rendir informe de hecho alguno a fin de no auto incriminarse. Ahora bien si a sido puesto a disposicion del mp federal es garantia constitucional el ser asistido, aun de oficio, por abogado, sin embargo lo recomendable es el de negarse a declarar (sugerencia) en tanto se apersone un abogado contratado por su familia o por usted que sea de su confianza. Cualesquier abogado le aconsejara que se acoja al 20 constitucional es decir negarse a declarar, hasta en tanto usted y su abogado tengan pleno y cabal conocimiento de los hechos que se le iman. Buen dia