Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 144
  • Autor : lic.pereyra
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 15
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 240

  • lic.pereyra
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    en efecto para la interposicion del amparo directo  el llamado principio de definitividad  en materia penal no opera, en razon de que se trata de actos contra la libertad del individuo, igualmente debe decirse que la apelacion excluye al amparo  y es optativo  ocurrir a la alzada o interponer el amparo pero debes elegir uno por que una vez interpuesto un recurso este excluye al otro ,,y si , es procedente el amparo directo contra la sentencia condenatoria  aunque no se haya agotado la apelacion.  

     

    saludos.