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- Consulta : 1404
- Autor : BENITO JUAREZ
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AutorRespuesta No: 1883
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Mayo de 2012 01:19 2012-05-30 01:19 desde IP: 187.142.215.131
Mire su exposicion genera un poco de duda, no por lo que usted dice aclarando, si no por que la respuesta que yo le pudiera dar segun interpreto a lo que usted expone en su consulta la pudiera confundir, pero a grandes rasgos efectivamente en materia federal en el 2009 se dieron algunas reformas que precisamente beneficiaron a muchos reos, en estas reformas surge una figura denominada "COMPURGACION SIMULTANEA DE PENAS"DONDE LA PRISION PREVENTIVA cuenta exactamente en la aplicacion de los delitos subsecuentes, puede consultar un abogado particular con dominio en materia penal sobre todo federal, se trata de presentar un recurso ante el juez correspondiente, ahora bien si no tiene recursos acuda con un abogado de oficio el la podra auxiliar, NOTA.- Aplica en materia Federal y Fuero Comun.
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