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AutorRespuesta No: 1839
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Mayo de 2012 22:37 2012-05-17 22:37 desde IP: 148.227.205.99
corroborando colegas a su experiencia penal y procesal resulta que presente denuncia por delito de fraude toda vez que a la persona que represento le vendieron una parcela mediante contrato de enajenacion de derechos parcelarios a titulo oneroso ratificado ante dos testigos y notario publico, pero la persona que le vendio a mi cliente al año vuelve a vender el mismo bien a otra persona y como mi cliente estaba ignorante no penso que solo hasta ahi era el tramite de compraventa ignoraba que tenia que llevar a cabo ciertos tramites ante el RAN y reunir los requisitos que estipula la ley agraria. y la persona a la que le venden despues de mi cliente esta persona si llevo a cabo todos los tramites que extipula la ley agraria lo reconocieron como avencindado, etc.
TOTAL Y EN RAZON A TODO LO ANTERIOR OFRECI TRES TESTIGOS YA ESTAN DECLARADOS, TAMBIEN COMO TESTIGO AL NUEVO COMPRADOR OSEA EL QUE ADQUIRIO DESPUES DE MI CLIENTE TAMBIEN YA ESTA TOMADA LA DECLARACION Y SE LLEBO ACABO LA FE MINISTERIAL DEL LUGAR.
y ahora que le tocaba resolver al M.P. no resuelve porque dice que para el criterio de el el primer contrato de compraventa celebrado con mi cliente no hubo mala fe y que en donde si hay mala fe es la segunda compraventa toda vez que ahi si estaba engañando a la segunda persona toda vez que ya sabia que habia vendido aun sin embargo lo vendio de nuevo.
MI CRITERIO Y EL CRITERIO DE UNA COLEGA ABOGADA ES: NO PROCEDE LO QUE MANIFIESTA EL M.P. toda vez que en principio el que es primero en tiempo es primero en derecho por lo tanto tiene mas derecho mi cliente sobre ese bien y tambien a la persona que le esta causando el daño es a mi cliente no al nuevo adquirente el que el no se mortifica para nada de lo sucesido el compro y tramito bien todo de buena fe y es cierto pero no entiendo la forma de actuar y resolver infundadamente el M.P., de que no es procedente por eso Y QUE SI YA FUE ANTE UNA INSTANCIA MAYOR YA LO HICE PERO MIRE A DONDE HEMOS LLEGADO QUE TODAVIA NO RESUELVEN .
TENGO DESDE FEBRERO QUE NO ME PARO EN LA AGENCIA DEL M.P. POR LO MISMO SE QUE NO ES PROCEDENTE EN LA FORMA DE ACTUAR DE ELLOS UNO COMO ABOGADO DEBE DE COADYUVAR CON ELLOS PERO PS BONITA LA FORMA DE TRABAJAR NO LO CREEN COLEGAS CREO QUE ACTUARE DE LA FORMA EN QUE ME LO MANIFESTO EL ABOGADO JUAREZ LO QUE SI CHECARE BIEN COMO ME LO DIJO EL TIEMPO PARA PROMOVER EL RECURSO EN CONTRA DEL ARCHIVO DEL M.P. DESDE CUANDO EMPEZARIA A CONTAR EL TERMINO PARA PROMOVERLO O EN SU DEFECTO EL AMPARO TAMBIEN DESDE CUANDO EMPEZARIA A CONTAR EL TERMINO PARA INTERPONERLO..
POR ASUNTOS COMO ESTE UNO COMO ABOGADO SE DEPRIME DE LA IMPARTICION DE JUSTICIA DE NUESTRA AUTORIDAD JUDICIAL TODA VEZ QUE NI APORTANDOLE LAS PRUEBAS NECESARIAS CORRESPONDIENTES TOMAN CARTAS EN EL ASUNTO Y CONSIGNAN A PERSONAS COMO ESTA QUE SE DEDICAN A ESTAFAR, FRAUDEAR Y PARA ELLOS NO PASA NADA TODA VEZ QUE NO AFECTA SU INTERES PERSONAL Y EL CIUDADANO QUE SE AGUANTE. POR ESO EVITO LLEVAR ASUNTOS PENALES POR ESTE TIPO DE SITUACIONES ESTE LO TOME POR AYUDAR A UN AMIGO DECENTE.
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