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  • Consulta : 1365
  • Autor : jcaesar
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  • Autor
    Respuesta No: 1764

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    dado que en tu propia consulta se desprende que se piden mas años de carcel, hemos de suponer que ya existe pronunciamiento de sentencia definitiva que lo condeno a determinados años de prision, por lo que deduzco que pretendes promover amparo contra una sentencia que aunque lo condeno, a lo mejor se quedo corto en los años de prision impuestos; pero luego no haces alusion si existe o no recurso de apelacion pendiente, o bien si ya se agoto el mismo y hubo un pronunciamiento en segunda instancia. y es indispensable tener esos datos para saber si es factible o no el amparo directo, pues podria ser susceptible que o bien sobrevenga una causal de improcedencia, si existe recurso pendiente, o bien que en caso de no haberse impugnado en la via ordinaria, se declare improcedente porque se tenga como consentida tacitamente la propia sentencia.

    por otro lado aludes que pretendes promover un amparo por conducto de la amiga de la ofendida (que por cierto no eres clara en cuanto a si fallecio o quedo con vida). y normalmente no me gusta hacer preguntas a los consultantes, pero no entiendo ¿porque promover un amparo por conducto de la amiga?. y lo que sucede es lo siguiente: uno de los principios basicos del amparo es el agravio personal y directo que causa el acto que se va a reclamar en la via y no veo como sea posible que la amiga tenga legitimacion para acudir al amparo. es decir, podras desgastarte haciendo una demanda de amparo bien redactada y con excelentes conceptos de violacion, pero de nada va aservir a fin de cuentas, pues lo estarias tramitando con una persona que no tiene legitimacion alguna. antes que nada tambien debes aclarar lo de la amiga, es decir, que interes tienes ella, o porque tu afan de hacer un juicio de Amparo por parte de Yesenia.

    tambien deberas aclarar si hubo o no condena a pago de reparacion del daño, pues este el acto que puede ser susceptible de atacarse via amparo, si es que se agoto el recurso ordinario, este no prospero y se trate de alguien legitimado para percibir la reparacion del daño.