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  • Consulta : 135
  • Autor : Abogado710224
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  • Autor
    Respuesta No: 208

  • Abogado710224
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado amigo, salvo mejor opinión del Lic. Espino, la cual es muy respetable, concidero que antes que nada, hay que analizar los alcances y contenido de dicho convenio, toda vez, que si en dicho percance intervino un abogado de la parte contraria y realizo el convenio, es muy probable que se haya estipulado ..."QUE NO TE RESERVAS DERECHO Y ACCIÓN ALGUNA PARA VOLVER A DENCUNCIAR PENALMENTE POR ESTE HECHO POR EL INCUMPLIMIENTO DE DICHO CONVENIO"... es decir, tu solito optaste por pedonar a tu contrario por el delito penal y en estas condiciones ya no tendrias nada que hacer por esa vía, quedando unicamente la Civil por Incumplimiento de convenio.

    Suerte y Saludos.

     

    Mi Mei.- co_ju_inarrobaya hoopuntocom

    Mi Cel. 044 55 1344 4353

     

    RESPETUOSAMENTE

    Lic. Hernández.

    Ced. Prof. 6636369