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AutorRespuesta No: 1670
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2012 13:11 2012-03-16 13:11 desde IP: 189.194.252.180
Para darte una respuesta a la altura,es necesario que aclares tu consulta y ver si es porsible que proporciones la entidad en la que se te juzgó?
Asi como la fecha en que se te sentencia al pago? y la fecca en que dejaste se firmar?
en cuanto a tus preguntas:
Es posible que te acojas a los veneficios del juicio oral y opotar por uno de los medios alternativos de solución de conflictos.
En tu caso, no opera la prescripcion de la acción, sino de la pena. Pero para responderte sin especular en conveniente aclarar tu consulta.
SALUDOS.....
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