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AutorRespuesta No: 1653
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Marzo de 2012 12:57 2012-03-09 12:57 desde IP: 189.188.75.14
A RESERVA DE UN COMENTARIO DE UN COLEGA, PRIMERAMENTE LA ASEGUARADORA PAGARA EL VEHICULO SIEMPRE Y CUANDO NO SE RECUPERE ESTONCES COMO ES SABIDO LAS ASEGURADORAS HACEN HASTA LO IMPOSIBLE POR NO PAGAR NADA O EN SU DEFECTO PAGAR LO MINIMO, ALEGARAN QUE COMO HAS RECUPERADO EL VEHICULO NO EXISTE LA OBLIGACION DE PAGAR, ENTONCES DEBES SOLICITAR LA DEVOLUCION DE TU VEHICULO DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA, Y POSTERIORMENTE SOLICITAR EL PAGO DE LOS DAÑOS QIUE PRESENTE EL VEHICULO A LA ASEGURADORA EN TRAMITE ADMINISTRATIVO Y SI NO SE LOGRA DEMANDAR EFECTIVAMENTE EN LA VIA MERCANTIL, EL ENDOSO A LA FACTURA, ES NA MERA PRESUNCION QUE ES DUEÑO, PERO LE SUGIERO LO ROBUSTESCA CON UN CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA DEL VEHICULO.... Y LOS TRAMITES DE CAMBIO DE PROPIETARIO Y TARJETA DE CIRCULACION QUE SUPONIENDO LOS HAYA REALIZADO LE SERVIRAN PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD Y LE PUEDAN PAGAR A USTED...
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