Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1218
  • Autor : LIC MERINO
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 3
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1653

  • LIC MERINO
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    A RESERVA DE UN COMENTARIO DE UN COLEGA, PRIMERAMENTE LA ASEGUARADORA PAGARA EL VEHICULO SIEMPRE Y CUANDO NO SE RECUPERE ESTONCES COMO ES SABIDO LAS ASEGURADORAS HACEN HASTA LO IMPOSIBLE POR NO PAGAR NADA O EN SU DEFECTO PAGAR LO MINIMO, ALEGARAN QUE COMO HAS RECUPERADO EL VEHICULO NO EXISTE LA OBLIGACION DE PAGAR, ENTONCES DEBES SOLICITAR LA DEVOLUCION DE TU VEHICULO DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA, Y POSTERIORMENTE SOLICITAR EL PAGO DE LOS DAÑOS QIUE PRESENTE EL VEHICULO A LA ASEGURADORA EN TRAMITE ADMINISTRATIVO Y SI NO SE LOGRA DEMANDAR EFECTIVAMENTE EN LA VIA MERCANTIL, EL ENDOSO A LA FACTURA, ES NA MERA PRESUNCION QUE ES DUEÑO, PERO LE SUGIERO LO ROBUSTESCA CON UN CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA DEL VEHICULO.... Y LOS TRAMITES DE CAMBIO DE PROPIETARIO Y TARJETA DE CIRCULACION QUE SUPONIENDO LOS HAYA REALIZADO LE SERVIRAN PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD Y LE PUEDAN PAGAR A USTED...