Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1196
  • Autor : Lic. Gallardo
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 26
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1640

  • Lic. Gallardo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    PODRÍAS SER MAS EXPLICITO :

    En el Estadode de México no existe el delito de Homicidio Imprudencial, sino el homicidio Culposo articulo 8 de la ley adjetiva penal, por otro lado deberias presisar en la consulta si al momento del ilicito hubo detencion flagrante y de ser asi:

    1. se llevo al cabo Audiencia de Control de detencion. Medidas cautelares que se fijaron, hay confesión?

    2,. La fiscalia formulo imacion?.

    3.- Hay vinculación del imado a proceso?

    En caso de ser así checa lo dispuesto por el artículo 298 del Códico Procesal Penal vigente para el Estado de México y si se te hece muy largo el tiempo que lleva, podrías ver lo del JUICIO PENAL ABREVIADO y ve si tu cliente es candidato para este juicio.

    Plazo judicial para el cierre de la investigación

    Artículo 298. El juez de control, de oficio o a solicitud de parte, al resolver sobre la vinculación del

    imado a proceso, fijará un plazo para el cierre de la investigación, tomando en cuenta la

    naturaleza de los hechos atribuidos y la complejidad de la misma, sin que pueda ser mayor a dos

    meses, en caso de que el delito merezca pena máxima que no exceda de dos años de prisión, o de

    hasta seis meses, si la pena excede de ese tiempo.

     

     

    SALUDOS CORDIALES .....