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  • Consulta : 1091
  • Autor : falpuche
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    Respuesta No: 1486

  • falpuche
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Por el lugar en donde usted reside, su declaración ante el Ministerio Público, no será propiamente una declaración, sino una entrevista, pues en dicho estado ya rige el nuevo sistema penal acusatorio adversarial, en el que el proceso se lleva en libertad, por lo que jamás podrían detenerle, máxime que en su caso no se trata de uno de los delitos previstos por el artículo 19 constitucional como de los que requieren prisión preventiva oficiosa y, por lo tanto, no habria orden de aprehensión, pues en el nuevo sistema las órdenes de aprehensión son para casos realmente graves, urgentes y extremos.

    Sí debe usted presnetarse ante el Fiscal Investigador, pero tiene derecho a estar asistida por un abogado y a no declarar nada, pues no puede ser obligada.

    El caso penal en su contra se me hace bastante flojo, aunque para darle una mejor opiniòn necesaitaría mas información. En el nuevo sistema penal no se requieren grandes pruebas para llevarla a juicio por el robo, sino solo datos de que el robo se cometió y de que usted participó en su comisión pero, si nadie dice haber presenciado que usted se apoderó del dinero, o existen documentos firmados acerca de su posesión del dinero, no le veo mucho problema.

    Por otra parte, aún si el Fiscal investigador se decidiera a ejercitar acción penal en su contra, en el nuevo sistenma penal el proceso se lleva en libertad.

    Si su despido fue injustificado, pues siga con su demanda laboral hasta obtener un laudo favorable.

    Saludos.