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AutorRespuesta No: 1109
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Marzo de 2011 17:11 2011-03-03 17:11 desde IP: 189.189.136.48
CHIN.....! ! ! ! ! Perdón es que se me borró todo, aclaro no es para tí, mil disculpas
Bueno ahora lo voy a hacer más simple. (hijole que coraje ! ! ! ! !)
Mira debes de tener cuidado, el articulo 118 de la Ley del Seguro Social contempla sólo DOS MESES para continuar con tus derechos de seguridad social, entonces no estas EN TIEMPO todavía, y se corre el riesgo de que pierdas tus incapacidades prenatal y postnatal.
Indemnización Costitucional: 90 días a salario diario INTEGRADO.
Vacaciones OCHO días, estas se pagan a salario diario NOMINAL.
Prima Vacacional: 25% de lo que resulte del pago de las Vacaciones.
Aguinaldo proporcional 3.75 días, este se paga a salario diario nominal.
Más otras prestaciones que te otoguen como: Caja de ahorro, fondo de ahorro, si los hay, vales de despensa etc, etc, etc.
Bueno. REITERO que para mi más estricto punto de vista. no es conveniente que se te liquide por el momento, yo creo que debes de ir NEGOCIANDO tu salida de que manera? Bueno, habla con tus jefes (si así lo quieres, aclaro) y diles que te "aguanten" a que des a luz y ya entonces hablarían de la LIQUIDACION. Es mi punto de vista, ojalá otro colega, participe en la presente consulta y se habran más caminos. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !
Más dudas? Con gusto por este medio estoy para servirte.
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