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AutorRespuesta No: 1061
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Febrero de 2011 03:06 2011-02-26 03:06 desde IP: 201.170.195.55
LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, ACTUO EMITIENDO UN CITATORIO, DEBIDO A QUE SU TRABAJADORA SOLICITO EN ESTA INSTANCIA SE LE REPRESENTE Y ASESORE, ASI MISMO PROPONDRA UNA SOLUCION AMISTOSA PARA LA SOLUCION DE ESTE CONFLICTO, SI FALTA UD. AL CITATORIO NO PRODUCE MULTA O SANCION, SIN EMBARGO, SU PROBLEMA ES MUY SIMPLE, ACUDA UD. A LA PROCURADURIA PARA TRAMITAR UN NUEVO CITATORIO, LE CONVIENE EN LA FECHA DEL NUEVO CITATORIO LLEVAR EL FINIQUITO DE LA TRABAJADORA, SI HACE CASO OMISO LAS CONSECUENCIAS SERIAN GRAVES PARA UD., DEBIDO A QUE LA MISMA PROCURADURIA CON POSTERIORIDAD INTERPONDRA UNA DEMANDA PARA LA DEFENSA DE LA TRABAJADORA, EN DONDE UD. TENDRA QUE GASTAR POR LO MENOS 6 VECES MAS DE LO QUE RESULTA DEL PAGO TOTAL DEL FINIQUITO DE SU TRABAJADORA.
PODRA AHORRAR DINERO, CONSULTANDO AQUI MISMO EL CALCULO QUE RESULTE DEL FINIQUITO DE SU TRABAJADORA, EN VIRTUD DE LO ANTERIOR, PARA OBTENER UN RESULTADO REAL, UD. DEBERA PROPORCIONAR FECHA DE INGRESO, FECHA DE RENUNCIA, EL SALARIO, ESPECIFICANDO SI ES SEMANAL, QUINCENAL, SI EXISTE SEMANA DE FONDO, Y SI SE LE ADEUDAN DIAS LABORADOS, SI SE LE PROPORCIONABA HABITACION. PARA PODER CALCULAR RAPIDAMENTE SU FINIQUITO.
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