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AutorRespuesta No: 1056
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 19:42 2011-02-25 19:42 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
No se encuentra establecido que, ante su incomparecencia a la primera cita que se le hizo para celebrar una audiencia de conciliacíón administrativa, deba hacérsele otra; si dejó de asistir, la Procuraduría podrá volverlo a citar, o bien asignar a la trabajadora a un abogado para que inicie de inmediato los trámites legales correspondientes, mediante la presentación de una demanda en su contra.
Sin embargo, la circunstancia que usted vaya a estar fuera de la ciudad, no es justificación suficiente para dejar de acudir a la cita, ya que puede usted designar a un abogado que acuda en su representación, extendiéndole una carta poder simple firmada ante dos testigos, facultándolo para que se presente a la audiencia; el abogado y usted, en ese caso, podrán acordar qué actitud tomar ante la reclamación de la trabajadora, ya que si efectivamente, como usted lo señala, el motivo de inconformidad por el que acudió a laProcuraduría, fue que no le pagaran en forma inmediata su finiquito, elasunto podrá solucionarse sin mayor dificultad, si su abogado se presenta a la cita con el cheque ya elaborado, a fin de que se elabore un convenio fuera de juicio, en el que se de por terminada la relación laboral con motivo de la renuncia voluntaria dela trabajadora, y se le paguen las partes proporcionales a que tiene derecho.
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