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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 00:49 2011-01-13 00:49 desde IP: 189.142.182.119
En ocasiones es muy lenta la informacion que fluye de antemano les agradezco la intencion en ayudarme pero mi duda aun no esta resuelta y tratare de explicarme mejor.
Las percepciones que puse al inicio de la pregunta, son reales. Si yo demando en la Junta de Conciliacion y Arbitraje ¿ cual es el salario que van a tomar para determinar mi liquidacion?
1er version, es que se suman los ingresos que se tienen durante un año Enero del 2010 a Diciembre del 2010 de acuerdo al art. 84, si bien el bono lo recibo en el mes de marzo y la ayuda de renta la recibia mensualmente hasta el mes de Julio del 2010 . Como en el mes de diciembre ( que fue mi baja ) Si la ley o la practica me permitiera sumar mis ingresos que me pagaron entre de enero del 2010 a diciembre del 2010 y sacar un promedio/ 365 seria fenomenal porque mi salario diario integrado incluiria estos dos conceptos. Bono que depende de lograr ciertos objetivos y Ayuda de Renta que se da solo si estas laborando fuera de tu domicilio natural. Si los sumo son $132,000 / 365 = 361. imagine el impacto que tiene en todos los dias que me tienen que pagar. pero la
2da Version: Hoy acudi a la junta de conciliacion en donde proporcionan ayuda gratuita y planteaba esta misma pregunta y me indicaron que se toma como base el salario del ultimo mes registrado ( aqui no tengo bono ni ayuda de renta ) y que si este es variable, podria tomarse el mes inmedaito anterior que es noviembre en el cual tampoco tengo bono ni ayuda de renta, por tanto mi salario diario integrado es menor y mi liquidacion se reduce drasticamente.
¿Cual de las dos versiones es correcta ?
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