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  • Consulta : 711
  • Autor : iusmarxista
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    Respuesta No: 815

  • iusmarxista
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El patrón tiene el derecho de obligar al trabajador a laborar 9 horas extras, las primeras tres se pagan al 100, las demás al 200.  Siendo éste el único límite. En cuanto a la rescición la constitución otorga al trabajador el derecho de sólo cumplir obligatoriamente con su contrato por un año (5°).