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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 21:18 2011-01-04 21:18 desde IP: 189.208.200.29
En opinión del suscrito, con independencia de que el patrón le firme los pagarés mediante los cuales pretende seguir pagándole su salario por tres meses, en concepto de indemnización por el despido de que la hizo objeto, no garantiza que le pague el importe de esos títulos de crédito, aún cuando usted cuente con fotocopia de su identificaciónb oficial; además, la propuesta que le hace, no comprende todas y cada una de las prestaciones a las que tiene derecho, lo que evidentemente es un trato desventajoso para usted.
La circunstancia que no cuenta con recursos paracontratar a un abogado laboralista, no es obstáculo, pues generalmente, esos honorarios no se exigen por adelantado, sino que se pacta con el trabajador un porcentaje de las cantidades que finalmente se obtengan por la liquidación (que al incluir los salarios caídos, representa para el trabajador una indemnización considerable), y dichos honorarios son pagados una vez que el trabajador recibe las cantidades que legalmente le corresponden; además, si esa opción no le es posible, puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le asignarán a un abogado en forma gratuita, quien se encargará de llevar a cabo los trámites legales que sean necesarios; el único inconveniente en la Procuraduría, es que por las cargas de trabajo que tienen los abogados, los juicios son más lentos que comopodría impulsarlos un abogado particular.
Sin embargo, como lo señalo amis defendidos, el dinero es suyo, de forma tal que la única persona a quien le compete tomarla decisión, es usted; le deseo suerte.
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