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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Diciembre de 2010 18:09 2010-12-26 18:09 desde IP: 189.186.90.89
SENCILLO CON LA PRIMA DE ANTIGUEDAD:
12 DIAS POR AÑO DE SERVICIOS , SE PAGA SOLO SI ACOMULAS 15 AÑOS DE SERVICIO O MAS Y ES EN BASE AL DOBLE DEL SALARIO MINIMO DEL LUGAR DONDE SE TRATE POR EJEMPLO AQUI EN CULIACAN SON 57 PESOS EL MINIMO CON ALGUNOS CENTAVOS EL TOPE SALARIAL PARA EL CALCULO SERA ENTONCES DE 114 PESOS.
EXCEPCIONES : CUANDO TE DESPIDEN , TE JUBILAS, TE PENSIONAS POR ALGUN RIESGO DE TRABAJO CUANDO SEA TOTAL LA INCAPACIDAD O PARCIAL Y NO ESTES CAPACITADO PARA OTRO PUESTO ,O POR LA EDAD.
SI RENUNCIAS CUANDO TIENES 14 AÑOS 11 MESES DE SERVICIO NO TIENES DERECHO A LA PRIMA , AGUAS !!!
SI ESTAS SIENDO SUJETO DE PRESION LABORAL ENTONCES ESO ES IGUAL A DESPIDO ASI LO MANEJAMOS EN NUESTRA FIRMA LEGAL AQUI EN CULIACAN ...
SALUDOS TE INVITO PARA QUE NOS VISITES EN LAS REDES SOCIALES NOS GUSTA HACER AMIGOS EN TODA LA REPUBLICA !!
LIC JOSE ANTONIO FAVELA CARRAZCO
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