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  • Consulta : 672
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 748

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    La prima de antigúedad consiste en el pago de doce días de salario por cada año de servicios prestados por el trabajador, solamente en los casos que se preven en el artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo, y que son:

    a.- En el caso de trabajadores que voluntariamente renuncien alempleo, siempre y cuando tengan una antigüedad dequinceaños o más, almomento de terminarse la relación laborao; en consecuencia,aquellos trabajadores que renuncien y no hayan cumplido quince años de antigüedad, no tienen derecho al pago de dicha prima;

    b.- A todos los trabajadores que,sin importar el tiempo de servicios que tengan prestados, sean separados, justifiada o injustificadamente del empleo, es decir, a aquellos a quienes el patrón justificadamente les rescinda el contrato por alguna de las causas enumeradas por el artíulo 47, de la Ley Federal del Trabajo, a los trabajadores que sean despedidos, sin que su separación se encuentre legalmente justificada; a los trabajadores que por causas imables al patrón, previstas en el artículo 51, de la Ley Federal del Trabajo, rescindan su contrato laboral; a los trabajadores que por haber cumplido la edad requerida por el SeguroSocial para el otorgamiento de una jubilación o pensión, ya sea por cesantía en edad avanzada o por haber cumplido 65años de edad, sean separadosdel trabajo para que puedan llevar a cabo los trámites correspondientes ante dicha Institución; a los trabajadores que habiendo sufrido un riesgo que trabajo que les cause una incapacidad total permanente, y a los que sufran una incapacidad parcial permanente, si una vez que sea determinada ésta, no se encuentra capacitado para reincorporarse al trabajo, ya seaen el puesto que desempeñaba, o en otro que sus condiciones físicas se lo permitan.

    El pago de la prima de antigüedad, se hace con base en el salario maximo que señalan los artpiculo 485 y 486, de la Ley Federal del Trabajo, esdecir, con un salario máximo equivalente a dos vecesel salario mínomo general de lazona económica en que se ubique el centro de trabajo.

    En consecuencia, como ustedpodrá advertir, no existe ninguna confusión para establecer en qué casos y a qué trabajadores, debe pagarseles la prima deantigüedad.