- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 660
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 737
-
Fecha de respuesta: Martes 21 de Diciembre de 2010 18:06 2010-12-21 18:06 desde IP: 189.208.200.29
En efecto, dado que el aguinaldo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 87, de la Ley Federal del Trabajo, debe de ser de 15 días por año de servicios, o parte proporcional, entonces necesariamente el trabajador, para tener derecho al pago íntegro, no debe tener ninguna inasistencia durante el año (salvo los días amparados por incapacidades por accidente de trabajo, enfermedad profesional o maternidad, ya que éstos, por disposición de la proppia ley, se consideran como días laborados).
En consecuencia, los días en que el trabajador incurre en faltas injustificadas, los de incapacidades por enfermedad general y los que deje de acudir a prestar sus servicios, cún con permiso del patrón, por no ser días trabajados, reducen proporcionalmente la cantidad a que el trabajador tiene dercho al aguinkaldo.
Evidentemente, si el patróin, no obstante el trabajador haya incurrido en ese tipo de inasistencias, le paga los 15 días completos, ello no quiere decir que no tenga derecho a deducirlos y pagárselo proporcionalmente altiempo efectivamente trabajado.
-
Autor