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AutorRespuesta No: 10
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Julio de 2010 00:07 2010-07-20 00:07 desde IP: 189.135.218.21
OK. LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ESTABLECE QUE LAS JORNADAS NOCTURNAS SERÀN DE DE SIETE HORAS Y TU HORARIO ESTABLECE UNA JORNADA DE DIEZ HORAS LO QUE TE DA TRES HORAS EXTRAS DIARIAS POR LO QUE TIENES DERECHO A RECLAMAR HORAS EXTRAS LAS PRIMERAS NUEVE HORAS EXTRAS AL 100 POR CIENTOS LAS SUBSECUENTES AL DOBLE. TOMA EN CUENTA QUE ACUDIR A RECLAMAR LAS HORAS PUEDES TERMINAR DISCUTIENDO, FINALMENTE TE ASISTE UN DERECHO Y PUEDES RECLAMARLO ANTE LAS AUTORIDADES LABORALES. SUERTE.
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