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AutorRespuesta No: 627
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Noviembre de 2010 23:06 2010-11-30 23:06 desde IP: 189.135.143.185
HOLA. LOS DIAS QUE TE SEÑALO LOS MULTIPLICAS POR TU SALARIO DIARIO
INDEMNIZACION 90 DIAS
AGUINALDO 15 DIAS
VACACIONES 12 DIAS
PRIMA VACACIONAL 3 DIAS
SI TE DEBEN DIAS TRABAJADOS Y NO CUBIERTOS TAMBIEN ENTRAN EN LA LIQUIDACION.
Y EN ALGUNAS OCACIONES TE DAN LA PRIMA DE ANTIGUEDAD EQUIVALENTE A DOCE DIAS POR AÑO, PERO ESTO LO MULTIPLICAS POR $115 QUE ES EL DOBLE DEL SALARIO MINIMO VIGENTE Y TOPE LEGAL ESTABLECIDO. 60 DIAS.
RECUERDA QUE SI NO ESTAS CONFORME CON LO QUE TE OFRECEN PUEDES DEMANDAR ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION; NO FIRMES NADA HASTA QUE NO TENGAS EL DINERO Y NO TE DEJES INTIMIDAR SUERTE Y ESTOY A TUS ORDENES POR CUALQUIER DUDA QUE TENGAS AL CELULAR 55 22 54 96 67 O AL DESPACHO DESPUES DE LAS TRES 57 70 06 11 O ENVIA UN MENSAJE Y YO ME COMUNICO.
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