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  • Consulta : 568
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 617

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si usted renuncia voluntariamente al empleo, solamente tendrá derecho a que le paguen las vacaciones y prima vacacional correspondientes al primer año de servicios cumplido (6 días hábiles de vacaciones y 25% de prima por el sueldo de esos días), más la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por el mes trabajado en exceso a ese primeraño de seervicios (0.66 días de vacaciones y 25% de prima), así como a lka parte proporcional de aguinaldo 2010 (13.75 dpias, si renuncia a partir del 1 de diciembre).

    Para el pago de esas prestaciones, deberá considerarse su sueldo, tanto fijo como variable; el primero, se obtiene de dividir $ 1,700.00 entre 15 días ($ 113.33 diarios), y el segundo, se obtiene dela suma de todas las comisiones percibidas durante el último año laborado, y la cantidad que resulta, se divide entre 365 días, el resultado será la cantidad que por concepto de comisiones diarias haya percibido, por lo que esa cantidad deberá sumare a la del salario dijo para obtener finalmente el diario promedio.