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AutorRespuesta No: 569
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Fecha de respuesta: Martes 16 de Noviembre de 2010 19:05 2010-11-16 19:05 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si el juicio se tramitó ante una Junta Especial de la Federal de Conciliacipin y Arbitraje de la ciudad de Mdexicalo, Baja California, deberá ser el Presidente de dicha autoridad quien deba ejecutar el cumplimiento del laudo dictado.
Sin embargo, si abogado deberá llevar a cabo todos los trámites para que, llegado el momento, usted solamente viaje a aquella población a fin de que reciba el pago de las prestaciones a que resultó condenado el Instituto, pues solamente usted podrá recibirlo, en virtud de que las autoridades del trabajo, no hacen el pago a ninguna otra persona que no sea precisamente el actor.
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