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- Autor : raulcadena
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AutorRespuesta No: 556
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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Noviembre de 2010 17:05 2010-11-13 17:05 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
En caso de que la relación que exista entre usted y la empresa a la que proporcionó esas constancias de trabajo sea laboral, no le acarreará a usted ninguna consecuencia, pues el artículo 47, fraccióin I, de la Ley Federal del Trabajo que solamente concede al patrón el derecho a rescindir justificadamente al trabajador el contrato de trabajo cuando lo ha engañado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se empieza a prestar el sevicio.
Ahora bien, aún considerando que usted recién hizo entrega de los referidos documentos, la Ley es muy clara, ese derecho que asiste a la empresa, empieza a correr a partir de la fecha en que ingresó a trabajar, sin que la empresa pueda aducir que con posterioridad entregó las constancias, pues en todo caso, con la informaciín que usted le proporcionó en su curriculum o solicitud de empleo, estuvo en aptitud de constatar la exactitud y certeza de esos datos.
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