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  • Consulta : 508
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 538

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    villa: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec estado de México: Con el debido respeto difiero del comentario que te ahce el COLEGA que me antecede, ya que como lo comentas, que tú sólo RECIBES $ 3000.00. En consecuencia, si tú tienes un salario DIARIO de $123.85, y si lo multiplicamos por QUINCE días que es lo que marca la Ley, nos da como resultado una CANTIDAD DE $1,860.00, luego entonces quiere decir que tu CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO como prestacion EXTRALEGAL te otorga más días de AGUINALDO, y para mi humilde punto de vista es lo CORRECTO,además es IMPORTANTE que estudies dicho CONTRATO y en base a eso sacarás la CANTIDAD que te corresponde. Ok?

    Ahora bien, te explicaré, el AGUINALDO por ley, no AUMENTA por año laborado, es decir que SIEMPRE serán QUINCE DÍAS y/o proporcionales, pero si tienen SINDICATO, por CONTRATO COLECTIVO y con las negociaciones que se hacen con la EMPRESA dicho AGUINALDO sí puede aumentar, ojalá y te quede claro lo expuesto por tu servidor. SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !  !