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  • Consulta : 506
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 547

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    hamely: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Hijoles ! ! ! ! ! aclaro que sigo mi LINEA del respeto, pero DIFIERO del comentario del Lic. raulcadena, (reitero con todo respeto) ya que la Ley Federal del Trabajo es muy CLARA, ya que en el TITULO SEXTO del CAPITULO XIII Artículo 331 no habla de los TRABAJOS ESPECIALES, y en consecuencia los TRABAJADOPRES DOMESTICOS se rigen por dicho precepto, así que no es OBLIGACION de USTED de dar de alta ante el Seguro Social a sus DOMESTICOS.

    Ahora bien lo que tiene que hacer usted reglamentariamente seguir los ORDENAMIENTOS de ley que se le señalan en los Artículos del 331 al 343, de la Ley Federal del Trabajo. Ok? SALUDOS Y M,UCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !  !