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  • Consulta : 50
  • Autor : erick7474
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  • Autor
    Respuesta No: 42

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Tendría en todo caso que analizarse los términos y condiciones en que celebrastes el convenio ante la junta, te preciso que para el caso de que no te apersones en la fecha de pago que así se haya señalado en el convenio lo mas seguro es que la patronal consignará ante la Junta del conocimiento el importe acordado en dicho convenio a efecto de que se le tenga por cumplimentando el acuerdo de voluntades celebrado y no le hagan efectiva la cláusula de incumplimiento que al efecto se haya establecido en el mismo para el caso de incumplimiento. Veo muy complicado que tengas resultados satisfactorios si desearas iniciar un nuevo juicio al respecto, ya que la voluntad de conclusión de la relación laboral ya esta establecida en el convenio que citas, sancionado además por la autoridad del trabajo..