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AutorRespuesta No: 509
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Noviembre de 2010 19:11 2010-11-04 19:11 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si el abogado que contrató para que lo asistiera como su apoderado jurídico en la demanda que tiene instaurada en contra del patrón, no reclamó esas prestaciones, entonces deberá presentar una nueva demanda, reclamando el pago de su participación en las utilidades y su fondo de ahorro correspondientes al año 2009,
Deberá usted tomar enm cuenta que, a partir de la fecha en que el patrón está obligado a pagar esas prestaciones, cuenta usted on un año para demandar su pago, ya que de no hacerlo, el derecho de reclamarlas prescribe.
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