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  • Consulta : 429
  • Autor : Lic. Ivan Ibarra
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  • Autor
    Respuesta No: 445

  • Lic. Ivan Ibarra
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si bien es cierto que los tiempos (términos) estan regulados en la Ley Federal del Trabajo, también lo es que en la cruda realidad en muchas ocasiones no se respetan, debido al cumulo de trabajo que existen en las juntas de conciliación y arbitraje, recuerde que son muchas las personas que son despedidas, y que ante ello existen muchos expedientes.

    No se desespere, seguramente su laudo no tardará, el tiempo en la práctica varia conforme a el cúmulo de trabajo en cada junta. Yo soy de monterrey, y aca en la Junta local tardan entre 6 a 8 meses, y para que el actuario notifiquen tardan otro tiempo más, en ocasiones he visto que tardan 1 mes más en notificar el laudo. Y no se diga de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, solamente ténemos dos Juntas Especiales, y fácilmente se tardán hasta 1 año o hasta más para que dicten un laudo.

    No basta que su abogado se notifique del laudo, recuerde que ese laudo también deben de notificarle a la otra parte.

    Su abogado bien sabrá el tiempo promedio que tardan, obviamente es un promedio, porque el laudo es elaborado por la Junta, sin que intervengan las partes.

    Suerte