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  • Consulta : 415
  • Autor : Lic. Ivan Ibarra
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  • Autor
    Respuesta No: 432

  • Lic. Ivan Ibarra
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Sería inaplicable alguna indemnización en tal caso, esto es, porque la palabra indemnización o indemnizar es el resarcimiento económico de un daño causado. Por ejemplo, cuando un patrón despide a un trabajador, se da un rompimiento anormal de la relación laboral, en la que se supone que el trabajador sufre un daño y, por lo tanto se le debe indemnizar por esa causa.

    En estos casos, cuando un trabajador renuncia voluntariamente solamente se le deberán de cubrir las proporcionales de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y cualquier otra prestación que se adeude (salario, fondo de ahorro, etc)

    La indemnización por despido (tres meses de salario) se establece cuando el trabajador es despedido injustificadamente, como recomendación acuda personalmente con un abogado especializado en materia laboral para que lo oriente.