- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 3810
- Autor : SENTIDOJURIDICO
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 93
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 3781
-
Fecha de respuesta: Martes 17 de Octubre de 2017 19:19 2017-10-17 19:19 desde IP: 201.124.214.51
Buenas tardes, en efecto como lo comentas el hecho de que desaparezca el puesto no implica que te tengas que ir, le empresa tendría que buscar algún puesto que en igualdad de condiciones, horario, salario y labores; de lo contrario seria un despido injustificado, ahora bien si no te entregan el aviso de las causas del despido no debes firmar nada como renuncias u hojas en blanco o preimpresos, aun y cuando te digan que te van a pagar hasta en tanto no tengas el cheque o efectivo, a menos que sea un convenio celebrando en Conciliación y Arbitraje. Respecto a tu duda sobre liquidación o finiquito si tu firmas la renuncia tendrias derecho unicamente al finiquito (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, y salarios que te deban); si te despiden tienes derecho a tu liquidacion (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, salarios que te deban y 90 dias de salario); la prima de antiguedad es despues de los 15 años sin embargo de lo que den de esa prima es ganancia. Si tienes alguna otra duda te dejo mi numero ya sea llamada o via wathsapp 5522549667
-
Autor