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  • Consulta : 367
  • Autor : Lic. Ivan Ibarra
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  • Autor
    Respuesta No: 366

  • Lic. Ivan Ibarra
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Pues todo dependería de que fecha dijo usted que fue despedido en la demanda. Esa sería una estrategia legal que se usa muy frecuente, el recorrer la fecha del despido para acomodarla dentro del término legal (2 meses). Pero por otro lado, si usted estableció una fecha de despido fuera del término legal en su demanda, y la ratificó posteriormente, estaría en un problema muy serio, ya que el patrón basta con señalar con precisión la excepción de prescripción que establece el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, ya que se probaría de la confesión suya.